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Liquidación: ¿Cómo se calcula el monto que debes recibir en un despido?

Sergio |

La liquidación es uno de los términos más comunes al momento de hablar del término de una relación laboral; sin embargo, se suele confundir con el finiquito, además de existir muchas dudas al respecto como la manera en que se calcula.

Es importante tener bien definidas estas situaciones con el fin de asegurar los derechos de cada uno de los trabajadores.

En principio, se tratan de unas prestaciones de ley, lo que las hacen completamente obligatorias.

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¿Qué es la liquidación?

Debemos entender que al mencionar este concepto nos referimos al pago que debe cubrir el patrón por despido injustificado, por lo que incluso se llega a reconocer también como indemnización.

Lo más correcto es que la empresa dé por enterado por escrito la causa del despido y la fecha del fin de su contrato; sin embargo, hay casos que no cumplen con esto.

El problema puede escalar si el empleado se niega a recibir el despido, por lo cual, el patrón deberá notificarlo a la autoridad competente, es decir, al Centro de Reconciliación, en un plazo de los siguientes cinco días.

Si esto no es así, se puede considerar como injustificado y proceder con la indemnización, de acuerdo con el recurso educativo elaborado por la académica de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM, Bertha Aguilar Sánchez.

También se puede acceder a este derecho si se cumplen con algunas de las causas de rescisión de la relación de trabajo establecidas en el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

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¿Cuál es la diferencia con el finiquito?

De acuerdo con la misma profesora de la máxima casa de estudios de México, el finiquito “representa el cálculo que elabora el patrón para especificar los conceptos que se le deben al trabajador hasta el día en que se ha terminado la relación laboral”.

Esto con el objetivo de que no existan conceptos pendientes de pago por motivo de su trabajo.

La diferencia sustancial contraria a la liquidación es que implica una rescisión del contrato sin responsabilidad del patrón, es decir, se debe tener el mutuo consentimiento de las partes, según el artículo 53 de la LFT.

Igual se puede dar por causas de fuerza mayor como incapacidad física o mental, incluso la muerte o engaño por parte del trabajador.

¿Cómo se calcula la liquidación?

El cálculo de este derecho es de suma importancia para impedir una demanda laboral, así como para garantizar que el colaborador acceda a una cantidad de dinero suficiente durante el periodo en que consigue un empleo nuevo.

Se debe considerar que a esto se suma el finiquito debido a que este corresponde al saldo de deudas entre el patrón y el trabajador.

Estos son los aspectos que debes contemplar para el cálculo de la liquidación, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet):

  • Salario devengado
  • Aguinaldo
  • Días de vacaciones y prima vacacional
  • Prima de antigüedad (en caso de tener derecho, ya que está disponible con 15 años de antigüedad)
  • Prestaciones vigentes

Primero se debe determinar el finiquito. Se toma en cuenta la cuota diaria, la cual se saca dividiendo el salario mensual entre 30 días.

Por ejemplo, si el salario mensual es de 6 mil pesos, se divide entre 30, lo que nos da 200 pesos diarios.

Suponiendo que no se pagó una quincena, se calcula el salario devengado multiplicando los 200 pesos diarios por 14 días, lo que nos da 2 mil 800 pesos.En cuanto a la liquidación, deberás considerar tres meses de salario por indemnización, 20 días de sueldo por cada año trabajado y una prima antigüedad, en caso de aplicar, igual a 12 días de salario por año laborado, según el periodico económico El Financiero.

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