Tipos de despido

Gestión del talentoLeyes laborales

Los tipos de despido están sujetos a la legislación laboral vigente en un país. En España, los tipos de despido regulados son:

Despido nulo:

Basado en causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley, o en la violación de derechos fundamentales y libertades del trabajador o trabajadora.
Será también nulo el despido por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencias relacionados, además de otros supuestos.

Despido improcedente:

1. Cuando no quede acreditado el incumplimiento que se alega para el despido o las causas objetivas legalmente procedentes:

En el caso del despido disciplinario, ha de alegarse:

Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
Indisciplina o desobediencia.
Ofensas verbales o físicas a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellas.
Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en la actividad laboral.
El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo a las personas que trabajan en la empresa.

En el caso del despido objetivo, la acreditación de las causas objetivas legalmente procedentes:

Ineptitud del trabajador o trabajadora
Falta de adaptación a las modificaciones técnicas en su puesto de trabajo (siempre que la empresa haya hecho todo lo posible por brindarle la oportunidad de adaptarse convenientemente).
Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y que la extinción afecte a un número inferior al establecido en el artículo 51.1. del Estatuto de los Trabajadores.
Insuficiencia de consignación presupuestaria para la ejecución de planes y programas públicos.

Todas estas casuísticas están sujetas a ciertos requisitos consignados en la normativa correspondiente.

2. Cuando no se hubieren cumplido las exigencias formales establecidas para ese tipo de despido.

Despido procedente:

Quedan acreditadas las causas alegadas por la empresa o la certeza de las causas objetivas.

Esta clasificación para los tipos de despido en España hace referencia a la calificación realizada por una jueza o juez de lo Social, una vez celebrado el pertinente juicio. Si atendemos a los tipos de despido que puede llevar a cabo la empresa, encontramos:

Despido disciplinario
Despido objetivo
Despido colectivo a toda la plantilla o a un número determinado de trabajadores y trabajadoras.

*Véase Despido disciplinario, Despido objetivo y Despido colectivo.

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