Vacaciones de los trabajadores a tiempo parcial
Los trabajadores y trabajadoras a tiempo parcial tienen exactamente el mismo derecho que sus homólogos a jornada completa, y este incluye el derecho a vacaciones en tiempo y forma.
Es decir, un empleado o empleada a tiempo parcial tiene derecho a 30 días de vacaciones naturales o 22 días laborables, así como a 2,5 días por mes trabajado en el caso de que el contrato tenga una duración inferior al año.
Claves de las vacaciones de los trabajadores a tiempo parcial
El límite de 30 días naturales o 22 laborables viene establecido como mínimo en el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, el convenio colectivo de cada empresa puede sumar días a ese cómputo, nunca restarlos. También pueden considerarse más días de vacaciones en virtud de una negociación entre la empresa y un trabajador o trabajadora concreto. Esos días tendrán que ser recogidos en el contrato de trabajo.
Como ocurre en los contratos de trabajo a tiempo completo:
Las vacaciones no pueden sustituirse por una retribución económica, salvo que el contrato de trabajo haya finalizado antes de los 12 meses, en cuyo caso estas formarán parte del finiquito correspondiente.
Los días de vacaciones deben ser disfrutados dentro del año natural salvo contadas excepciones: en caso de baja por incapacidad temporal, en caso de baja por nacimiento o cuidado de menor, en caso de incapacidad para disfrutarlas por un hecho causante motivado por la empresa y siempre que se llegue al acuerdo entre las partes de disfrutarlas en un periodo posterior.