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¿Cómo se evalúan y reconocen los distintos grados de discapacidad en la Seguridad Social?

Cobee Team |

Los grados de discapacidad de la Seguridad Social determinan el derecho de una persona al acceso de determinadas coberturas, por ejemplo, a la que ofrece el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Pero también la posibilidad de acceder a ciertas medidas de discriminación positiva en el ámbito de la contratación o de acceder a ventajas laborales respecto de las condiciones de trabajo.

Quiénes son personas con discapacidad a efectos del IRPF, tras acreditarlo, también se benefician de ventajas fiscales.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en España existen más de 4 millones de personas con discapacidad y solo una de cada cuatro en edad de trabajar tiene un empleo.

Tabla de contenidos

Concepto de discapacidad según la legislación vigente

Son personas con discapacidad aquellas que presentan dificultades físicas, mentales, intelectuales o sensoriales para su participación plena y efectiva en la sociedad. Se entiende que este hándicap acompañará a dicha persona a lo largo de su vida y que dicha circunstancia le impide disfrutar o acceder en igualdad de condiciones a distintos ámbitos, como por ejemplo el laboral, respecto a las demás personas.

La discapacidad ha de ser reconocida por una entidad autorizada. Dicho reconocimiento da lugar al certificado o tarjeta de discapacidad, un documento oficial que acredita la condición legal de persona con discapacidad y el grado concreto en función de un baremo o grados de discapacidad de la Seguridad Social de carácter estatal.

Son susceptibles de ser beneficiarias personas que tengan una discapacidad física, mental o intelectual. También aquellas que presenten trastorno del desarrollo, sensorial o que padezcan una enfermedad rara o de otro tipo.

Tipos de grados de discapacidad reconocidos por la Seguridad Social

La discapacidad se valora en grados y porcentajes por parte de la Administración. Los actuales niveles de gravedad de la escala genérica de cuantificación de los problemas (CIF) estipula los siguientes rangos:

  • No hay problema (ninguno, ausente, insignificante…): 0-4 %
  • Problema LIGERO (poco, escaso…): 5-24 %
  • Problema MODERADO (medio, regular…): 25-49 %
  • Problema GRAVE (mucho, extremo…): 50-95 %4. 
  • Problema COMPLETO (total…): 96-100 %

La valoración del grado de discapacidad, expresado en porcentaje, se realiza mediante la aplicación de los criterios técnicos fijados por el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Este incluye varios anexos donde se especifican la evaluación de las funciones y estructuras corporales o Deficiencia Global de la Persona (BDGP); la evaluación de las capacidades o Limitaciones en la Actividad (BLA); la evaluación del desempeño o Restricciones en la Participación (BRP) y la evaluación de los Factores Contextuales o Barreras Ambientales (BFCA).

Procedimiento para solicitar el reconocimiento del grado de discapacidad

Para proceder al reconocimiento del grado de discapacidad, se debe acceder al Servicio Social de Base correspondiente y cumplimentar la solicitud de reconocimiento que se proporcione en la misma.  La tramitación de este procedimiento se puede realizar, normalmente, por medios telemáticos a cargo de la CCAA o de forma presencial.

Beneficios y prestaciones asociadas a los grados de discapacidad

El reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33 % es el que permite  a las personas con discapacidad acceder a toda una serie de derechos reconocidos a nivel nacional así como distintos beneficios, prestaciones y servicios.

Entre los beneficios y prestaciones asociadas encontramos:

  • Beneficios fiscales.
  • Beneficios asociados al transporte.
  • Beneficios en la contratación pública o privada.
  • Prestaciones económicas.
  • Otros.

Pueden consultarse todas estas ventajas de manera pormenorizada en la Guía de beneficios y ayudas para personas con discapacidad de la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS).

Revisión y actualización del grado de discapacidad

El reconocimiento del grado de discapacidad requiere la solicitud de una valoración inicial y, una vez obtenido, se pueden solicitar las revisión pertinentes para la actualización de los datos referidos al grado de discapacidad.

Dicha revisión debe solicitarse tres meses antes de que finalice la validez de la resolución emitida respecto de la valoración inicial o transcurridos dos años desde la resolución inicial, si ésta es definitiva. Aunque existen excepciones al respecto.

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