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¿Qué es el embargo de nómina?

Cobee Team |

El embargo de nómina se refiere a la retención de una parte del sueldo de un trabajador o trabajadora por parte de un organismo público. Este último puede ser desde Hacienda a la Seguridad Social, si se contrae algún tipo de deuda, incluso por una multa de tráfico no satisfecha.

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¿Te pueden embargar toda la nómina o solo una parte?

Las dudas acerca del embargo de nómina son comunes cuando la posibilidad de que se haga efectivo acechan a una persona. Y si bien es cierto que se trata de la última de las opciones que adopta la Administración ante casos de impago, no son pocas las veces que se recurre a ellas.

Una de esas dudas habituales es si te pueden embargar la nómina al completo o solo una parte. Esta es la respuesta:

¿Cuánto se puede embargar de la nómina?

Existen ciertos conceptos del salario de un trabajador o trabajadora (o de la pensión) que la Administración no puede embargar. Estos son:

  • La cantidad correspondiente al SMI, es decir, el Salario Mínimo Interprofesional. En 2024, ese SMI es de 1.134 euros brutos mensuales en 14 pagas.
  • Tomando el SMI como referencia, se podría embargar hasta el 30 % del doble del SMI.
  • El 50 % del triple del SMI.
  • El 60%, de un quinto del SMI.
  • Y el 90 % para cantidades más altas.

Además de no ser posible el embargo del salario mínimo, existen otras consideraciones. Las indemnizaciones por despido o los extras salariales en concepto de dietas, alojamiento o transporte no se pueden embargar. Tampoco la cantidad que corresponde a una pensión de alimentos. Sí se pueden embargar las pagas extraordinarias.

Señalar que el hecho de contar con cargas familiares puede suponer una reducción en el porcentaje que se aplica en concepto de embargo.

Ejemplo de cálculo de embargo de salario

Para el cálculo del embargo de salario podemos hacer la siguiente operación.

Por ejemplo, si hemos dicho que el SMI es de 1.134 euros actualmente y la persona afectada ganase 3.000 euros, los primeros 1.134 euros no podrían ser embargados. A partir de ahí, de los siguientes 1.134 euros podría embargarse un 30 % y de los 732 restantes, un 50 %.

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Procedimiento de embargo de salario

Existe un procedimiento, tipificado por ley, para el embargo del salario de cualquier empleado o empleada. Te lo contamos mediante las respuestas a estas preguntas frecuentes:

¿Se puede embargar una nómina por dos deudas distintas al mismo tiempo?

En principio sí es posible embargar una misma nómina por dos deudas, pero no de manera simultánea. Sucede que al embargar a causa de dos deudas distintas se sobrepasan los límites establecidos por la legislación vigente. De tal forma que se debe embargar una deuda y, al finalizar con esta, embargar la siguiente.

¿Quién puede ordenar el embargo de una nómina?

Tan solo la Administración pública o un juez o jueza puede embargar un salario, previa notificación a la empresa. 

Esta última será la responsable de efectuar la retención correspondiente, que será constatada en tiempo y forma por el órgano competente. 

Así, el trabajador o trabajadora embargada recibirá una cuantía menor en su próxima nómina. El resto, será ingresado en la cuenta facilitada por el ente público. 

La empresa no puede negarse a efectuar dicho embargo.

¿Qué hacer cuando se recibe una notificación de embargo?

La empresa en cuestión ha de informar inmediatamente al empleado o empleada afectada. Dicha persona tiene la opción de hacer frente a la deuda directamente. Si esto no fuera posible, la organización comienza a retener la parte proporcional de la nómina hasta que la deuda fuera satisfecha.

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