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Explora los diferentes tipos de propiedad intelectual y derechos de autor

Cobee Team |

¿Vas a lanzar tu obra al mercado y no conoces los entresijos de los derechos de autor y propiedad intelectual? Antes de darla a conocer, infórmate bien sobre tus derechos y obligaciones como creador o creadora.

Tabla de contenidos

Definición de Propiedad Intelectual

La propiedad intelectual o derecho de propiedad intelectual es el conjunto de derechos que atesoran los autores y autoras, así como otro tipo de titulares, sobre las obras que son de su creación.

Este se articula en normativa que trata de proteger la propiedad intelectual, por ejemplo, el texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.

Así pues, la propiedad intelectual incluye derechos de carácter personal y/o patrimonial que atribuyen al autor o autora y a otros titulares la disposición y explotación de sus obras y prestaciones. Estas últimas pueden ser, tal y como especifica el Ministerio de Cultura, creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas en cualquier medio, tales como libros, escritos, composiciones musicales, obras dramáticas, coreografías, obras audiovisuales, esculturas, obras pictóricas, planos, maquetas, mapas, fotografías, programas de ordenador y bases de datos. También protege las interpretaciones artísticas, los fonogramas, las grabaciones audiovisuales y las emisiones de radiodifusión.

Tipos de Propiedad Intelectual

Mientras que la propiedad intelectual en España regula los derechos de autor señalados más arriba, es decir, protege las obras literarias y artísticas, la propiedad industrial protege, a través de normativa al respecto:

Patentes

Protegen invenciones nuevas y proporcionan al inventor el derecho exclusivo de fabricar, usar y vender dicha invención.

Marcas registradas

Protege símbolos, nombres, y eslóganes utilizados para identificar bienes o servicios y distinguirlos de otros en el mercado.

Diseños industriales

Protege el aspecto ornamental o estético de un producto.

Estaríamos hablando así de dos ámbitos diferentes de protección, los de propiedad intelectual e industrial.

Registro de la Propiedad Intelectual

El Registro General de la Propiedad Intelectual es el lugar, sea físico u online, al que todo creador o creadora ha de acudir para la inscripción o anotación de los derechos relativos a las obras, actuaciones o producciones protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual. El Registro General de la Propiedad Intelectual es público y único en todo el territorio nacional, si bien cuenta con delegaciones territoriales.

Procedimientos para registrar una obra

Cada registro territorial tiene sus propias instrucciones de tramitación, impresos y tasas, por lo que resulta más apropiado informarse en el registro correspondiente.

Lo que se debe siempre adjuntar es: los impresos oficiales de solicitud de inscripción, el ejemplar de la obra, actuación o producción, en la forma y modo indicados en los impresos oficiales; la documentación, que según los casos, se requiera en virtud de la legislación vigente y el justificante del abono de la tasa correspondiente. 

Mediante la aplicación telemática RePI, disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, se puede realizar el proceso de solicitud a través de internet.

Ventajas del registro

La inscripción de una obra en el Registro conlleva múltiples ventajas y beneficios. Por ejemplo, previene el plagio y además crea una prueba oficial necesaria para que un autor o autora pueda defender sus derechos frente a cualquier tipo de infracción, plagio, etc.

Los derechos de autor integrados en la propiedad intelectual y el copyright no son exactamente los mismos. Mientras los primeros reconocen a la persona que ha creado la obra y adopta una dimensión moral, el copyright, cuyo símbolo es este: ©, se aplica tras la publicación de la obra para informar de que todos los derechos están reservados.

Así pues, la propiedad intelectual reconocen el derecho del autor o autora sobre su obra y el copyright muestra la negativa de este a que otra persona o entidad pueda hacer uso de esta (a no ser que lo ceda) sea con el fin que sea: copiar, distribuir, adaptar, exhibir y producir la obra creativa, generalmente por un tiempo limitado. Pueden parecer lo mismo, pero conllevan matices distintos.

Podríamos decir que el copyright​ es un tipo de propiedad intelectual que se utiliza en países de cultura jurídica anglosajona.

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