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La Renta Mínima Vital: conoce sus objetivos, beneficiarios y cómo solicitarla paso a paso

Cobee Team |

Renta Mínima Vital, ¿conoces este tipo de prestación? Cuando el mercado laboral no es capaz de absorber a todos sus profesionales, cuando las desigualdades entorpecen el acceso a un trabajo o cuando existen colectivos vulnerables o en riesgo de exclusión social, se convierten en pertinentes y deseables medidas que garanticen un mínimo de capacidad adquisitiva a las personas. 

Lo son para satisfacer sus necesidades básicas, para proteger sus derechos fundamentales y para facilitar el acceso al mercado de trabajo.

Tabla de contenidos

¿Qué es la Renta Mínima Vital?

La renta mínima vital o Ingreso Mínimo Vital (IMV) es, tal y como explica la Seguridad Social a través de su página web, “una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas”.

Definición y objetivos

Dicho lo anterior, la renta vital en vigor actualmente (pues a lo largo de los años se han articulado distintas prestaciones bajo este objetivo) persigue los siguientes fines:

  • Garantizar un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. 
  • Garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.

Tal y como explica dicho organismo.

Beneficiarios principales y requisitos

Pueden beneficiarse de esta ayuda económica, es decir, la renta mínima vital o ingreso mínimo vital, las unidades familiares que cumplan estos requisitos:

  • Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo excepciones: menores de edad incorporados a una familia, las víctimas de trata o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica acreditada.
  • Que la unidad de convivencia haya sido formada al menos hace medio año.

En el caso de personas beneficiarias individuales, podrán acceder a la renta mínima vital:

  • Menos de 23 años que no estén casadas ni sean pareja de hecho ni forme parte de otra unidad de convivencia.
  • Mujeres mayores de edad o menores emancipadas víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual.
  • Entre 18 y 22 años que hayan permanecido en centros residenciales de protección de menores durante los años anteriores a la mayoría de edad o que sean huérfanos absolutos y vivan solos.

Tal y como el organismo encargado de tramitar la renta mínima vital informa, se considerarán otros criterios y especificaciones, además de los citados, recogidos en su página web.

Diferencia entre Renta Mínima Vital e Ingreso Mínimo Vital

No existe diferencia entre la Renta Mínima Vital e Ingreso Mínimo Vital. Se trata de dos formas de referirse a la misma prestación. Formalmente, nos referiremos a Ingreso Mínimo Vital.

Cómo solicitar la Renta Mínima Vital

Puede iniciarse la solicitud de la renta vital de forma online. Concretamente, a través del formulario habilitado para presentar, acceder al borrador o gestionar modificaciones. También se puede llevar a cabo una simulación del posible derecho a la prestación.

Puede accederse mediante certificado electrónico o contraseña cl@ve para identificarse o usar el Servicio Ingreso Mínimo Vital sin certificado.

Documentación necesaria

Las personas interesadas deben aportar los siguientes datos:

  • Información personal.
  • Dirección de correo electrónico.
  • Una foto.
  • Fotografía del documento de identificación (DNI o NIE).
  • Datos sobre la situación económica (declaración de ingresos, del valor neto de los bienes y propiedades, etc.).
  • Cuenta bancaria para el cobro de la prestación.

Procedimiento de solicitud

La tramitación debe correr a cargo de una persona integrante de la unidad familiar con más de 23 años y con capacidad jurídica para ello. Eso sí, la solicitud debe aportar la forma de todos los integrantes de la unidad de convivencia.

Se puede acceder al cuestionario de preguntas previas para comenzar la solicitud del Ingreso Mínimo Vital y verifica si has generado los derechos para acceder a ella a través del formulario, así como el importe en función de las circunstancias.

También se puede solicitar de manera presencial en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.

Cuantía y Duración de la Renta Mínima Vital

La cuantía de esta renta vital constituye la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de las personas demandantes de la prestación. La cuantía resultante debe ser igual o superior a 10 euros mensuales.

En 2024, La cuantía mensual de la renta vital garantizada ha sido de:

  • Persona beneficiaria individual: el 100 % del importe anual de las pensiones no contributivas dividido entre doce. Es decir, 604,21 euros más un incremento del 22 % en el caso de discapacidad igual o superior acreditada del 65 %.
  • Unidad de convivencia:  la cuantía anterior incrementada en un 30 % por miembro adicional a partir del segundo, con un máximo del 220 por 100. En 2024, los importes han sido de entre 785,48 euros para un adulto y un menor o dos adultos a 1.329,27 euros para un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores, tres adultos y dos o más menores o cuatro adultos y un menor.

Las tablas con las cuantías de la renta garantizada para cada caso (adulto, adulto más dos menores, dos adultos y un menor, etc.) se publican actualizadas en el sitio web de la Seguridad Social.

Esta ayuda se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión. También deben cumplirse los requisitos y obligaciones previstos.

Compatibilidad con otras ayudas y prestaciones

La renta mínima vital es compatible con otros ingresos siempre que no se supere el importe de la renta garantizada. También es compatible con el subsidio por desempleo y otro tipo de ayudas económicas. 

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