Modelo 111
El modelo 111 en un modelo de presentación periódica a realizar por todas las personas físicas, jurídicas y demás entidades con el fin de consignar las retenciones e ingresos a cuenta de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas, además de premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
Su denominación oficial por parte de la Agencia Tributaria es: Modelo 111. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta. Autoliquidación.
Para las personas y entidades con obligación mensual, el modelo 111 se presentará dentro de los 20 primeros días de cada mes. Para las personas y entidades que no tengan obligación de efectuar mensualmente la autoliquidación, se presentará en los 20 primeros días naturales siguientes al trimestre natural.
Claves del modelo 111
Deben presentar el modelo 111 todas las personas y entidades obligadas a retener o ingresar a cuenta en los siguientes supuestos:
Rendimientos del trabajo.
Rendimientos que sean contraprestación de actividades profesionales, actividades agrícolas y ganaderas, actividades forestales, actividades empresariales.
Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual e industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, del subarrendamiento sobre los bienes anteriores y de la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen deriven de una actividad económica.
Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
Ganancias patrimoniales obtenidas por los vecinos por los aprovechamientos forestales en montes públicos.
La forma de presentación del modelo 111 depende del tipo de contribuyente:
Grandes empresas y Administraciones públicas con presupuesto superior a 6 millones de euros, sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, adscritos a DCGC y UGGE, resto de Administraciones públicas: a través de internet y con firma electrónica avanzada o un sistema de identificación y autenticación mediante certificado electrónico.
Personas físicas (excepto si están adscritas a la DCGC): vía electrónica a través de internet con sistema de firma con clave de acceso (Cl@vePIN) o vía electrónica a través de internet y con firma electrónica avanzada o un sistema de identificación y autenticación mediante certificado electrónico o mediante papel impreso desarrollado a estos efectos por la AEAT en su sede electrónica.
Otros obligados tributarios (excepto que tengan la consideración de grandes empresas): a través de internet con firma electrónica avanzada o un sistema de identificación y autenticación mediante certificado electrónico y mediante papel impreso generado exclusivamente mediante la utilización del servicio de impresión
La información a consignar en el modelo 111 es la siguiente:
Datos personales de la persona declarante.
Información sobre los rendimientos del trabajo y los rendimientos de actividades económicas sujetos a retención a ingreso a cuenta, los rendimientos dinerarios y los rendimientos satisfechos en especie, además del número de perceptores, el importe de las percepciones, el importe de las retenciones, etc.
La suma de las retenciones e ingresos a cuenta por todos los conceptos contemplados.
La Agencia Tributaria facilita en su página web un servicio de cálculo de retenciones para facilitar la tarea de contabilizar todos los supuestos.