Salario mínimo en contratos de media jornada

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El Salario Mínimo Interprofesional en contratos de media jornada es proporcional al SMI que corresponde a una jornada completa y hace referencia a esa cuantía retributiva mínima garantizada a un trabajador o trabajadora para la jornada legal de trabajo.

Así pues, si el Salario Mínimo Interprofesional era fijado en 2024 en 1.134 euros brutos mensuales en 14 pagas (1.323 euros mensuales en 12 estando las pagas prorrateadas) por el Gobierno, el Salario Mínimo Interprofesional en contratos de media jornada es exactamente la mitad, es decir, la parte proporcional, que en este caso es el 50 %.

Claves del Salario Mínimo Interprofesional en contratos de media jornada

El Consejo de Ministros aprobó en febrero de 2024 una subida del SMI para 2024 del 5 % para todos los trabajadores y trabajadoras (54 euros mensuales más), sin importar el sector económico o tipo de actividad a excepción de ciertos colectivos con casuísticas particulares, como las personas eventuales, temporeras y las empleadas del hogar. Esta subida afecta por igual al SMI de contrato a jornada completa como al Salario Mínimo Interprofesional en contratos de media jornada.

Quienes perciben el SMI también están exentos de tributar por el IRPF.

¿Por qué se decide desde el Gobierno central incrementar el SMI?

No es la única vez que se ha hecho, se trata de una medida recurrente que se adopta para lograr varios objetivos:

Mejora de las condiciones económicas de la sociedad en general, concretamente de las condiciones retributivas de los empleados y empleadas, aumentando su capacidad adquisitiva y, con esta última, la calidad de vida de los trabajadores y trabajadoras y de sus familias.

De la consecuencia anterior, a la siguiente: la reducción de la pobreza. Al establecer un salario mínimo interprofesional y someterlo a subidas esporádicas o recurrentes, se contribuye a la reducción de la pobreza entre quienes trabajan, garantizando ingresos suficientes para la cobertura de necesidades básicas. Y es que, el SMI se eleva como medida para paliar la pérdida de poder adquisitivo de las personas ante subidas del IPC, por ejemplo.

Aumento de la demanda de empleo. Se trata de una consecuencia indirecta, pero plausible, ya que los trabajos a media jornada resultan más atractivos para los y las profesionales que buscan mayores cotas de conciliación laboral, profesional y personal incluso renunciando así a cierto nivel de ingresos.

Mejora la igualdad y de la justicia social, pues el salario mínimo interprofesional pretende garantizar que todos los trabajadores y trabajadoras reciben una remuneración mínima que les ayude a hacer frente a la vida diaria y que sea igualmente mínimamente justa a cambio del trabajo realizado.

Así pues, el Salario Mínimo Interprofesional en contratos de media jornada y en contratos a jornada completa inciden sobre una mejora el bienestar de los trabajadores y trabajadoras; ayuda a reducir el estrés financiero sobre los mismos y reduce la brecha de ingresos. En definitiva, brinda mayor estabilidad y armonía al mercado de trabajo.

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