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Qué son las bases de cotización 

Ruben Folgado |

¿Qué son las bases de cotización? Seguramente, habrás oído hablar, y mucho, de bases de cotización en las últimas semanas. Esto se debe a que estas han sido modificadas para las personas trabajadoras por cuenta propia; es decir, para personas autónomas. Y no sin cierta polémica. De ahí que se haya convertido en un tema recurrente.

Pero ya que te haces la pregunta, vamos a intentar darle respuesta. Y es que, las bases de cotización también afectan a quienes trabajan para una empresa. De hecho, se actualizan cada año, y las de 2023 acaban de ser publicadas. 

Tabla de contenidos

Cómo saber cuál es tu base de cotización

Como bien sabrás, trabajes por cuenta propia o por cuenta ajena, debes cotizar a uno de los regímenes correspondientes de la Seguridad Social. Si lo haces por cuenta ajena, este será el Régimen General. Es decir, toda persona trabajadora en este país está sujeta a bases de cotización de la Seguridad Social.

Pero ¿a qué hace referencia la base de cotización? Ni más ni menos que al sueldo mensual de alguien que permanece de alta en la Seguridad Social. 

Pero no al salario neto, lo que se percibe como ingreso mensual. La base de cotización hace referencia al salario bruto. Es decir, incluye las contingencias comunes: 

  • Salario base más complementos sujetos a cotización.
  • Pagas extras prorrateadas.
  • Las vacaciones no disfrutadas pero si retribuidas.

Están exentos de cotización gastos como los derivados de manutención, locomoción o alojamiento (pero solo en virtud de un límite legal, pues la retribución flexible sí cotiza a la Seguridad Social como parte del salario bruto) o indemnizaciones por despidos, ceses o traslados, entre otros.

A lo anterior se sumará en tu nómina, en el apartado de deducciones, conceptos como los de: cotización por desempleo, formación u horas extraordinarias. 

Así que, ¿basta con echar un vistazo a tu nómina para comprobar cuál es tu base de cotización? Sí. En el pie de la misma encontrarás un bloque destinado a este concepto. Debe aparecer la base de cotización, el tipo y la aportación que realiza la empresa. De hecho, existe la obligatoriedad, por ley, de reflejar la base de cotización en la nómina.

Cuál es la base mínima de cotización

Existen unas bases de cotización máximas y mínimas que son fijadas por ley y varían cada año. 

Estas dependen del grupo de cotización al que pertenezcas en función de tu categoría profesional.  A mayor grupo de cotización, mayor es el importe mínimo.

Bases de cotización Seguridad Social

Grupo de cotizaciónCategorías profesionalesBases mínimas–Euros/mesBases máximas–Euros/mes
1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores.1.629,304.495,50
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados.1.351,204.495,50
3Jefes Administrativos y de Taller.1.175,404.495,50
4Ayudantes no Titulados.1.166,704.495,50
5Oficiales Administrativos.1.166,704.495,50
6Subalternos.1.166,704.495,50
7Auxiliares Administrativos.1.166,704.495,50
Grupo de cotizaciónCategorías profesionalesBases mínimas–Euros/díaBases máximas–Euros/día
8Oficiales de primera y segunda.38,89149,85
9Oficiales de tercera y Especialistas.38,89149,85
10Peones.38,89149,85
11Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional.38,89149,85

Este 2023, la base mínima de cotización correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), 1.166,70 euros, y la base máxima es de 4.495,5 euros. Así lo establece la norma recién publicada en el BOE respecto a las normas legales de cotización a la Seguridad Social.

Dicho texto señala, en su Artículo 2 sobre topes máximo y mínimo de cotización, que: 

  1. El tope máximo de la base de cotización al Régimen General será, a partir de 1 de enero de 2023, de 4.495,50 euros mensuales.
  2. Desde el 1 de enero de 2023, el tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional será equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado por el prorrateo de las percepciones de vencimiento superior al mensual que perciba el trabajador, sin que pueda ser inferior a 1.166,70 euros mensuales.

Y ¿por qué es tan importante conocer dicha base? Porque de ella dependerá el cálculo de cualquier de las prestaciones que te correspondan en el futuro. La jubilación contributiva, la prestación por maternidad, una incapacidad o la prestación por desempleo. Cualquiera de los conceptos anteriores se calcularán en función de tu base de cotización.

¿Cómo serán las bases de cotización en 2024?

El ajuste de las bases mínimas de cotización está directamente ligado al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Se determina calculando un porcentaje que resulta de sumar un sexto del incremento del SMI al aumento inicial. Por ello, depende de las subidas o bajadas del SMI.

Las bases máximas para cada categoría profesional y el límite superior de las bases de cotización se establecen aplicando el porcentaje de revalorización de pensiones, al cual se adiciona el especificado en la disposición transitoria trigésimo octava del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, encargado de regular la revalorización de las pensiones. Este mecanismo automático garantiza el ajuste de las bases mínimas de cotización sin depender de una aprobación específica en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2024, mientras esta no sea aprobada.

En el presente, la prórroga del SMI 2023 hasta 2024 indica que será necesario aguardar un aumento en el Salario Mínimo Interprofesional para conocer el ajuste de las bases mínimas de cotización.

Es crucial destacar que las bases de cotización actuales fueron establecidas después de la publicación de la Orden PCM/313/2023.

Entonces, ¿qué sucederá en 2024? ¿Cuáles serán las bases de cotización en el próximo año?

La base mínima de cotización (hasta la publicación del incremento del SMI 2024) se mantendrá en 1.260,00 euros mensuales (42 euros diarios).
Habrá un incremento del 5% en las bases máximas de cotización (pasando de los 4.495,5 euros vigentes a 4.720,5 euros mensuales).

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