Dietas exceptuadas de gravamen y rentas exentas del impuesto: qué son y cómo se aplican

Cobee Team · 

dietas exceptuadas de gravamen y dietas exentas

Conocer los detalles de las dietas exceptuadas de gravamen y rentas exentas del impuesto es ahondar en dos elementos clave para garantizar una buena economía doméstica. Porque ambas tienen un impacto directo sobre la declaración anual de la renta y, por tanto, sobre la capacidad adquisitiva de todo trabajador o trabajadora.

¿Qué son las dietas exceptuadas de gravamen?

Las dietas exceptuadas de gravamen son aquellas asignaciones que, hasta ciertos límites, no deben tributar en concepto de IRPF. Es decir, están libres de dicho impuesto. 

En España, se consideran dietas exceptuadas de gravamen las asignaciones económicas que brindan las empresas a sus empleados y empleadas para compensar ciertos gastos. Concretamente, los gastos de locomoción y gastos de manutención y estancia en establecimientos de hostelería. Siempre, eso sí, que cumplan los límites previstos en el reglamento de dicho impuesto.

Diferencia entre dietas exentas y rentas exentas del impuesto

Las dietas exceptuadas de gravamen y rentas exentas del impuesto no son lo mismo. Las dietas exentas difieren de las rentas exentas en el propio concepto: las primeras son aportaciones que brindan las empresas a sus talentos para compensar ciertos gastos derivados de la propia actividad profesional; las segundas, rendimientos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario que no tienen la obligación de tributar y, por tanto, afectan a la declaración del IRPF. De hecho, algunas ni siquiera tienen que incluirse en la declaración anual. Tanto unas como otras están recogidas por la legislación.

¿Qué rentas exentas del impuesto pueden aplicarse en 2025?

En la última declaración, constituían rentas exentas del IRPF un total de 27 supuestos. Entre ellos figuraban las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, las prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, las becas, las ayudas a deportistas de alto nivel, con el límite de 60.100 euros; los Planes de Ahorro a Largo Plazo y los planes individuales de ahorro sistemático, las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada o el ingreso mínimo vital, la renta mínima de inserción y las ayudas víctimas de delitos violentos y de violencia de género.

Además de las exenciones comentadas, que son las establecidas en el artículo 7 de la Ley del IRPF, existen otras exenciones que tienen que ver con los rendimientos de trabajo, de actividades económicas y de ganancias patrimoniales. Un ejemplo son las donaciones a trabajadores afectados por la DANA de 2024 en Valencia por parte de las empresas, de carácter extraordinario.

Cuantías máximas para dietas exceptuadas

En el caso de los gastos de locomoción de quien se desplaza fuera del centro de trabajo para ejercer su actividad, los límites varían dependiendo del medio empleado. Y es que, entran en esta categoría tanto los gastos por desplazamiento en medios de transporte colectivos o públicos, como los de kilometraje, gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.

En este último caso, si el trabajador utiliza su propio vehículo, está exenta la cantidad resultante de computar 0,26 euros por kilómetro recorrido. En el primer caso, el del uso de medios colectivos, no existe límite.

Respecto a las cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos normales de manutención y estancia en restaurantes, hoteles y demás establecimientos de hostelería, se estipula que el gasto debe haberse realizado en un municipio distinto del lugar del trabajo habitual y del lugar de residencia. Además, dicho desplazamiento no debe exceder los nueves meses.

Los límites, por gastos de manutención cuando se haya pernoctado, son de 53,34 euros diarios como máximo en territorio nacional y 91,35 euros diarios como máximo en el extranjero. En el caso de no pernoctar, estos son de 26,67 y 48,08 euros diarios.

Recordar que ciertos colectivos cuentan con reglas especiales, como por ejemplo el personal de vuelo, las personas destinadas en el extranjero o quienes se dedican al transporte de mercancías.

¿Cómo declarar dietas exentas correctamente?

Todos los gastos que deseen declararse como dietas exceptuadas de gravamen deben ser justificables mediante ticket, factura o documento equivalente, emitidos por la compañía que brinda el servicio en cuestión. Además, la empresa debe acreditar el motivo y la duración del desplazamiento.

Hoy en día, existen soluciones digitales que agilizan este tipo de gestiones. Cobee by Pluxee, por ejemplo, facilita la oferta y gestión automática de dietas exentas de IRPF, como las de comida o transporte, que no tributan hasta ciertos límites establecidos por ley, representando un ahorro fiscal para empleados y empleadas, y que además son deducibles para la empresa.

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