Excedencia laboral

Beneficios para empleadosLeyes laborales

Una excedencia laboral es una suspensión del contrato de trabajo a iniciativa del empleado o empleada. En virtud del motivo de la excedencia laboral, esta plantea una serie de ventajas para el trabajador o trabajadora que la solicita. Dichas ventajas responden a la normativa vigente o a las mejoras a las que llegasen plantilla y Dirección empresarial durante la negociación del convenio colectivo.

Tipos de excedencia laboral

Excedencia voluntaria
La excedencia voluntaria es un derecho que adquiere todo trabajador o trabajadora que haya permanecido en la empresa como mínimo 12 meses. No se reconoce derecho a reserva del puesto de trabajo, sí el derecho de reingreso preferente en el caso de que exista vacante de igual o similar categoría. Su duración es de entre cuatro meses y cinco años.

Excedencia forzosa
Su concesión es obligatoria y conlleva la conservación del puesto de trabajo y el cómputo de antigüedad. Las causas consignadas son: designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo, la realización de funciones sindicales de ámbito provincial o superior. El reingreso en el puesto debe ser solicitado dentro del mes siguiente al cese en alguna de estas causas.

Excedencia por cuidado de hijos o familiares
La duración máxima es de tres años para el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción o en los supuestos de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente. También existe excedencia de duración no superior a dos años para familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida. Este tipo de excedencia puede disfrutarse de forma fraccionada, computa a efectos de antigüedad y concede derecho a formación. Durante el primer año, el o la profesional tendrá derecho a reserva de puesto. Transcurrido dicho plazo, la reserva será de un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

Los períodos de hasta tres años de excedencia por cuidado de hijo o menor tendrán consideración de periodo de cotización efectiva de cara a la jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También el primer año del período de excedencia para el cuidado de otros familiares.

Una excedencia laboral no es una situación que pueda ser retribuida por la empresa. Es decir, durante el periodo de excedencia laboral, el trabajador o trabajadora no puede cobrar un salario por parte de la organización con la que ha suspendido el contrato, así como ningún otro beneficio salarial o extrasalarial que provenga de esa entidad.

Los motivos para acogerse a una excedencia laboral determinan el tipo de excedencia laboral y con este: los requisitos y plazos de solicitud, la duración, los efectos de la excedencia laboral sobre las cotizaciones o la posibilidad de reincorporación al puesto de trabajo y las condiciones para ello.

Es necesario solicitar la excedencia laboral con el tiempo suficiente para garantizar la organización dentro de la empresa, además de adjuntar la documentación acreditativa correspondiente el caso, por ejemplo, del cuidado de personas o familiares dependientes.

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