Conciliación de la vida laboral y familiar

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La conciliación de la vida laboral y familiar versa sobre la capacidad de los trabajadores y trabajadoras para hacer compatibles ambas esferas: la profesional y la personal.

De hecho, actualmente se habla de conciliación de la vida laboral, familiar y personal, con la intención de poner de manifiesto que aquellas personas que no tiene familia (entendida esta por pareja e hijos, así como por personas dependientes a cargo, como mayores) también tienen derecho a conciliar su vida personal con la profesional.

La conciliación de la vida laboral y familiar se ha convertido durante las últimas décadas (y tras la incorporación de la mujer de manera masiva al mercado laboral) en el gran reclamo de trabajadores y trabajadoras, incapaces de prestar la atención que merecen y precisan sus familiares dependientes en favor de las obligaciones profesionales. Pero también incapaces de abordar la necesidad de cuidarse a ellos mismos para garantizar su bienestar y salud física, mental y emocional.

Afortunadamente, en estos últimos cinco años se han impulsado, desde el Gobierno central, medidas legislativas que sientan las bases de un mercado laboral garante de esa conciliación de la vida laboral y familiar.

Claves de la conciliación

La conciliación de la vida familiar y laboral es especialmente importante para las mujeres trabajadoras, que durante décadas se han visto encorsetadas en un rol de género cuidador que les impedía prosperar en sus carreras profesionales o, de lo contrario, prestar la atención que merecen criaturas a cargo o mayores sin poner en peligro su estabilidad, seguridad o ascenso laboral.

Las consecuencias derivadas de la falta de conciliación de la vida familiar y laboral se ha traducido para para muchas familias en episodios de estrés crónico, ansiedad, trastornos alimenticios, asunción de elevados costes difícilmente asumibles (guarderías, comedores escolares, residencias geriátricas, etcétera) y postergación cuando no renuncia a la carrera profesional por parte de la mujer.

En definitiva, consecuencias negativas tanto para los y las profesionales como para las empresas y el tejido económico de un país, que pierde un valioso talento humano y la degradación de este por problemas de salud, falta de motivación, etc.

Afortunadamente, se han dado pasos hacia delante en materia de conciliación de la vida laboral y familiar desde las instituciones con el fin de garantizar la participación de mujeres y hombres por igual en el mercado de trabajo sin que por ello estén abocados a descuidar su vida familiar ni personal.

Estos pasan por medidas como recursos asistenciales para el cuidado de personas dependientes, ayudas económicas para hacer frente a los mismos o la regulación del mercado de trabajo en favor de la conciliación de la vida familiar y laboral. Las empresas también han contribuido diseñando planes que garanticen dicha armonía.

Destacan, por ejemplo, la flexibilización de la jornada laboral o el teletrabajo. Respecto a las medidas legislativas: la equiparación de los permisos de paternidad y maternidad de manera progresiva o los permisos por cuidados de personas dependientes retribuidos.

En 2019, por ejemplo, tenía lugar la modificación del apartado 8 del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, que garantiza que todo empleado y empleada tenga derecho a la adaptación de su jornada laboral en la empresa así como a cierta flexibilidad horaria, cambio de turno o incluso la posibilidad de teletrabajar con el fin de conciliar sin que ello suponga una reducción de las horas de trabajo y, por tanto, del salario.

Todas estas iniciativas en la conciliación familiar y laboral garantizan que hombres y mujeres puedan acceder al mercado de trabajo, permanecer en él y desarrollarse en igualdad de condiciones, sin que las responsabilidades en el seno familiar interfieran en las de carácter empresarial. Y todo ello sin menospreciar los cuidados y atención directa que precisan hijos e hijas, ancianos o personas dependientes.

En otras palabras, sin privar a esos trabajadores y trabajadoras de la oportunidad de estar con quienes más los necesitan, ejerciendo de forma responsable su derecho a la conciliación.

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