Conoce qué es la baja por maternidad y paternidad y cómo gestionarla en tu empresa
Si vas a tener un hijo en los próximos nueve meses, deberías conocer qué es la baja por maternidad y paternidad.
Es importante, además, que te pongas al día sobre los detalles de ambos permisos. Recuerda que estos cambiaron con el Real Decreto-ley 6/2019. Gracias al mismo, se igualaba la baja por maternidad y por paternidad a efectos, por ejemplo, de duración.
Así que, si deseas disfrutar de uno de tus derechos más importantes como profesional asalariado o por cuenta propia, conoce qué es la baja por maternidad y paternidad, actualmente unificadas bajo una única prestación: la de nacimiento y cuidado de menor.
La baja por maternidad
En primer lugar, la baja por maternidad ya no existe como tal. Es cierto que la mayoría de trabajadores seguimos refiriéndonos a ella de esta forma, pero de manera errónea. Ahora, como hemos dicho antes, solo existe una prestación, igual para hombres y mujeres, la de nacimiento y cuidado de menor.
Novedades 2024
El Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha presentado medidas innovadoras durante la reciente toma de posesión de altos funcionarios en su ministerio. Estas acciones buscan fortalecer la conciliación familiar e incluyen la ampliación de los permisos de paternidad y maternidad de 16 a 20 semanas. Asimismo, se introduce un nuevo permiso remunerado de 8 semanas para padres y madres, aplicable hasta que el hijo alcance los 8 años. Adicionalmente, se ha anticipado la aprobación de la Ley de Familias, que propone un respaldo integral para la estructura familiar. Este conjunto de iniciativas refleja un compromiso significativo con el bienestar y la armonía en la vida familiar.
Aclarado este pequeño detalle, pasemos a responder las principales preguntas respecto a la baja por maternidad:
¿Quién tiene derecho a este descanso?
Como en la antigua baja por maternidad, las profesionales tienen derecho a unas semanas de descanso para atender al menor. Y no solo en caso de nacimiento, también de adopción, guarda o acogimiento.
Podrán acceder a este descanso todas aquellas mujeres asalariadas y autónomas con un mínimo de meses cotizados, salvo excepciones.
¿De cuanto tiempo estamos hablando?
Desde 2019, el tiempo de descanso es igual para hombre y mujeres: 16 semanas disfrutables tras el parto. En el caso de la madre biológica, este descanso podrá anticiparse en cuatro semanas a la fecha prevista de parto.
De estas 16 semanas, seis tendrán que ser disfrutadas inmediatamente después de la concepción. El resto podrán distribuirse incluso en múltiples periodos por un tiempo limitado.
¿Se trata de un descanso remunerado?
Efectivamente, se trata de un descanso que implica una cobertura económica. Tanto la trabajadora como el trabajador tienen derecho a un subsidio desde el mismo día de la fecha del parto o la del inicio del descanso, de ser ésta anterior. Para ello, es necesario cumplir los requisitos de cotización antes mencionados.
La prestación económica por nacimiento y cuidado de menor es equivalente al 100 % de una base reguladora de la madre o padre en cuestión.
La baja por paternidad
Como hemos señalado anteriormente, el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, equiparaba los derechos de las personas trabajadoras, también a efectos de la baja por maternidad y paternidad.
De hecho, estas medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, incluía modificaciones al respecto en el Estatuto de los Trabajadores (ET) y en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), así como en la Ley General de la Seguridad Social.
Como consecuencia, las prestaciones por maternidad y paternidad se unificaban, disfrutando los hombres de los mismos derechos que las mujeres y teniendo las mismas obligaciones.
Gestionar la baja por maternidad y paternidad
Aunque pueda parecer farragoso en un primer momento, gestionar la baja por maternidad y paternidad, o mejor dicho, por nacimiento y cuidado de menor, es sencillo.
De hecho, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que con carácter general es el encargado de dicha tramitación y gestión, ha habilitado un sitio web que resulta de gran ayuda a los trabajadores que acaban de ser mamás o papás.
En esta página encontrarás la información pertinente sobre requisitos, derechos, excepcionalidades, etc. de dicho descanso y de la prestación equivalente. No solo eso, también encontrarás la forma de tramitarla de manera online: plazos, documentación necesaria, etc.
Si lo prefieres, también podrás hacerlo de manera presencial, en las oficinas de la Seguridad Social de tu provincia mediante cita previa.
Si aún con todo tienes dudas, siempre puedes dirigirte al departamento de RRHH de tu empresa, ellos te ayudarán, pues podrán brindarte la información necesaria para la gestión de dicha baja. La Seguridad Social tramitó 354.618 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en los primeros nueve meses de 2022. Del total, 168.286 han correspondido al primer progenitor, habitualmente la madre, y 186.332, al segundo progenitor, normalmente el padre.
Ayudas para la maternidad y la paternidad
Además de gestionar la baja por maternidad o paternidad, las trabajadoras y trabajadores cuentan con otras ayudas por haber sido papás.
Y otra herramienta que puede ayudar mucho a todos los miembros del equipo que acaben de tener un hijo o hija es el ticket guardería, una herramienta de Cobee que permite reducir de su base de cotización los importes destinados al pago de las guarderías.