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Cuáles son los requisitos de un contrato en prácticas

Cobee Team |

Los requisitos para contrato en prácticas han cambiado en los últimos años. De hecho, ahora se denomina contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Y no debe confundirse con el nuevo contrato de trabajo de formación en alternancia, que desde este 2023 incluye importantes ventajas. Por ejemplo, la cotización a la Seguridad Social de quienes realicen dichas prácticas, cobren o no.

Tabla de contenidos


Qué es un contrato en prácticas

Un contrato en prácticas es aquel que permite la obtención de la práctica profesional, siendo esta acorde al nivel de estudios o de formación de la persona que suscribe dicho contrato. 

Es decir, un requisito del contrato en prácticas es que proporcione al alumno o alumna la posibilidad de poner en práctica los conocimientos teóricos adquiridos previamente.

La empresa, de hecho, está obligada a proporcionar un puesto de trabajo que propicie dicha adquisición de experiencia laboral. 

Actualmente, la empresa que suscribe un contrato en prácticas tiene que diseñar un plan formativo individual. Y este debe especificar en qué consiste la práctica profesional.

Diferencias entre el contrato en prácticas y el contrato en alternancia

Si atendemos a los tipos de contratos laborales en España, existen actualmente dos modalidades de contratos formativos: el contrato en prácticas y el contrato de formación en alternancia. Ambos presentan diferencias.

El requisito para acceder al contrato en prácticas es estar en posesión de un título universitario, de grado medio de FP, máster profesional o equivalente. El de formación en alternancia trata, sin embargo, de regular una situación de compatibilidad entre el trabajo retribuido y la formación, muy común en los nuevos títulos duales.

Así, en este último, la persona en prácticas cuenta con un tutor o tutora en la propia empresa, que realizará un seguimiento del plan formativo y del correcto cumplimiento del objeto y requisitos del contrato en prácticas

Otra diferencia es que el de alternancia cuenta con una duración mínima de tres meses y máxima de dos años. Además, puede formalizarse en jóvenes de hasta 30 años de edad. Sin embargo, el contrato de formación debe poder suscribirse durante los tres años siguientes a la culminación de los estudios. Su duración es de entre seis meses y un año.

Características contrato en prácticas

Como hemos dicho, los requisitos para contrato en prácticas han cambiado a lo largo de los años, tanto para los estudiantes como para las empresas que los suscriben, y con ellos sus características.

La retribución, por ejemplo, se fija ahora en el convenio colectivo aplicable a la empresa para este tipo de contratos en prácticas. En ningún caso podrá ser inferior al SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Tampoco para el contrato de formación en alternancia.

Novedades del contrato en prácticas

La última novedad, que entrará en vigor en el mes de octubre, incluye a los y las estudiantes de títulos universitarios y formación profesional en el sistema de la Seguridad Social, aunque no perciban remuneración por ello. 

Es decir, quienes realicen prácticas formativas podrán cotizar en el Régimen General por contingencias comunes y profesionales, siempre que lo hagan en la empresa o institución incluida en el programa de formación regulado. Eso sí, no lo harán por desempleo.

Dicha cotización contará con una bonificación del 95 %.

Si las prácticas formativas son remuneradas, el alta, baja y la cotización a la Seguridad Social correrán a cargo de la entidad encargada de financiar el programa de formación. En las que n o lo estén, será la empresa la encargada de llevar a cabo dichas gestiones.

Las bases mínimas y nuevos tipos de cotización para el contrato de formación se publicaron en la Orden PCM/313/2023.

Contrato en prácticas: requisito de formalización

Los requisitos del contrato en prácticas para su formalización son varios y comunes a todos los contratos:

  • Debe constar por escrito. De no ser así, el contrato se entenderá como indefinido y a jornada completa, salvo excepciones. También se convertirán en trabajadoras y trabajadores fijos quienes no hayan sido dados de alta en la Seguridad Social en el plazo y forma adecuados o los celebrados en fraude de ley.
  • En el caso de profesionales que trabajen a distancia, el contrato deberá recoger el lugar en que se realice la prestación.
  • Si el contrato se celebra a tiempo parcial, deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución.

La regulación de los contratos en prácticas

Por todos y todas es sabido que los contratos en prácticas han servido de coladero para un sinfín de abusos laborales en ciertas empresas.

A menudo, quienes han accedió a dicha formación práctica se han visto sometidos a jornadas maratonianas, gran responsabilidad y cero remuneración económico 

En los últimos años, han sido varios los intentos, desde las Administraciones, por limitar estos abusos. 

Desde la duración máxima a la edad de acceso a este tipo de contratos, los requisitos de los contratos en prácticas han cambiado para garantizar el bienestar y las condiciones de trabajo de los alumnos y alumnas en prácticas.

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