Baja por depresión

Leyes laborales

La baja por depresión es un tipo de baja médica laboral.

Esta se deriva de la incapacidad del trabajador o trabajadora para asumir sus responsabilidades profesionales debido a un deterioro de su salud mental, deterioro que ha sido constatado por un médico o médica, siendo el diagnóstico de depresión.

La causa de la depresión puede tener un doble origen, motivando dos tipos de baja por depresión:

Baja por depresión personal: cuando la depresión obedece a motivos personales, es decir, pertenece a la categoría de enfermedad común y su baja se tramita como una incapacidad temporal por contingencias comunes que es concedida por el médico de cabecera.

Baja por depresión laboral: la depresión está fundamentada de manera exclusiva en motivos de trabajo (sobrecarga, discriminación, desmotivación, etcétera), por lo tanto, corresponde a la Mutua la concesión de la baja que será por contingencias profesionales, al tratarse como enfermedad o accidente laboral.

Lo cierto es que este último aspecto es difícil de demostrar. Lo normal es que la baja provenga del sistema de salud público, en virtud de enfermedad común, y el trabajador o trabajadora se vea en la obligación de iniciar un trámite judicial para demostrar la causalidad laboral de la depresión.

Esta enfermedad presenta un periodo de recuperación prolongado, por lo tanto, la baja por depresión puede extenderse hasta los límites marcados por la normativa de la Seguridad Social para las contingencias comunes: un año prorrogable a otros 180 días antes de iniciarse el trámite necesario para acceder a una incapacidad que no sea temporal por parte de un tribunal médico.

Requisitos para acceder a la baja por depresión

Los requisitos para acceder a la baja por depresión son los mismos que los señalados para cualquier otra baja de esta índole: permanecer en alta en la Seguridad Social y haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos cinco años a la baja médica.

Cabe recordar que la empresa no puede despedir a un empleado o empleada por el hecho de encontrarse de baja por depresión. Si lo hace, tendrá que alegar razones para el despido justificadas y objetivas, de lo contrario, el despido sería declarado improcedente.

Prestaciones durante la baja por depresión

El trabajador o trabajadora de baja por depresión tiene derecho a percibir una prestación durante el tiempo que esté de baja. La cuantía de la prestación mínima es la siguiente:

Por contingencias comunes: a partir del cuarto día y hasta el día 20, el 60 % de la base de cotización. De ahí en adelante cobrará un 75 %.

Por contingencias profesionales: el 75 % de la base de cotización desde el primer día.

Las incapacidades temporales por motivos de salud mental se han duplicado desde 2016. Patologías como la ansiedad y la depresión están haciendo mella en la salud de las plantillas, ganando peso sobre el total de incapacidades temporales. En 2023, las bajas por depresión suponían más del 6 % del total de las IT en España, según datos facilitados por diversas entidades.

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