Pasos esenciales sobre cómo crear un sindicato

¿Cómo crear un sindicato?¿Quién puede sindicarse?… Son preguntas cuya respuesta desconocen aún muchos trabajadores y trabajadoras en nuestro país. Si este es tu caso, sigue leyendo, te damos a conocer algunos de los requisitos indispensables.
Definición y función de un sindicato
Un sindicato es una asociación de trabajadores y trabajadoras constituida para la defensa de sus derechos e intereses profesionales, económicos y sociales. Históricamente, los sindicatos han jugado un papel decisivo en la mejora de las condiciones laborales.
El primer sindicato en España apareció en 1839: la Asociación de Tejedores de Barcelona. Hoy, existen más de 500 sindicatos en nuestro país. UGT y Comisiones Obreras son los más representativos, al contar con el mayor número de delegados y delegadas. Y, por esta razón, forman parte de la mesa de diálogo social junto al Gobierno y la patronal.
Los sindicatos se financian a través de las cuotas de sus miembros. También reciben subvenciones públicas en función del número de delegados y delegadas.
Requisitos legales para crear un sindicato
¿Cómo crear sindicato? Existen requisitos legales, establecidos por la normativa vigente, que establecen el procedimiento a seguir en la constitución de un sindicato.
Normativa legal vigente en España
Los sindicatos, su constitución, actividad, etc., está regulada por diversos textos legales:
- La Constitución Española 1978, arts. 7 y 28.1.
- Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
- C087 – Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87)
- Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa.
- Orden TAS/1303/2007, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales en proporción a su representatividad por la realización de actividades de carácter sindical.
- Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
- Real Decreto 368/2014, de 23 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los árbitros designados conforme a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa, aprobado por Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre.
- Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Extracto de la Resolución de 2 de marzo de 2021 de la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social, por la que se convoca para el ejercicio 2021 la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales en proporción a su representatividad, por la realización de actividades de carácter sindical.
Documentación necesaria para la constitución
Un requisito previo a la constitución del sindicato es la creación y depósito oficial de los Estatutos y Acta de Constitución. ¿Dónde?
- Si es de ámbito estatal, en la Oficina Pública de Depósito de Estatutos, dependiente de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
- Si el ámbito territorial es menor, en las correspondientes oficinas de la Comunidad Autónoma y en las Direcciones del Área de Trabajo e Inmigración de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
La solicitud de depósito deberá presentarse por medios electrónicos utilizando los formularios convenientes.
Procedimientos administrativos y legales
Tras el citado depósito, existe un plazo para la declaración de no conformidad de los Estatutos ante la autoridad judicial. Transcurridos 20 días hábiles, el sindicato adquiere personalidad jurídica y plena capacidad de obrar.
Pasos para la constitución de un sindicato
Podríamos resumir en tres pasos previos la constitución de un sindicato.
- Reunión de trabajadores interesados: El primer paso es reunir a los y las profesionales que desean formar parte de una organización sindical para defender así sus intereses y derechos ante la empresa. Una vez reunidos, deberán elegir el tipo de sindicato que desean establecer: de carácter profesional, de oficio o gremial, de empresa, de actividad. Después, debería prepararse la celebración de una asamblea constitutiva.
- Elaboración de estatutos: Estos aglutinan el conjunto de normas por las que se rige la organización. En estos deben aparecer aspectos como el nombre escogido para el sindicato, ámbito de actuación, requisitos de afiliación, etc. Se aprobarán en el transcurso de la asamblea constitutiva, cuyo acta constitutiva debe ser firmada y depositarse en la oficina pública correspondiente.
- Registro del sindicato ante las autoridades competentes: es decir, en la Oficina Pública de Depósito de Estatutos que corresponda.
Si estás preguntándote cómo crear un sindicato en mi empresa de forma seria, lo mejor es que acudas a la legislación mencionada o al resumen que brinda la Guía Laboral 2023 al respecto.
Estructura organizativa de un sindicato
La estructura organizativa de un sindicato puede variar de uno a otro. Sin embargo, existen aspectos comunes:
Roles y responsabilidades dentro del sindicato
La directiva, que se elige también durante la asamblea constitutiva. Dichas personas integrarán el órgano de gobierno del sindicato y tendrán la responsabilidad de ejecutar las decisiones adoptadas durante la asamblea.
La directiva está compuesta, a su vez, por secretarías. Estas responden normalmente a las de organización, finanzas ó tesorería, acción , educación y formación, equidad de género, etc.
Elección de representantes sindicales
Puesto que los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a contar con representación en la empresa, estos pueden habilitar un proceso de elección de dichos representantes. Este puede iniciarse auspiciado por los anteriores representantes, los sindicatos más representativos o los propios trabajadores y trabajadoras por mayoría.
Podrán votar las personas mayores de 16 años y que tengan al menos un mes de antigüedad en la empresa. El voto es individual y secreto. Para ser elegido, el o la representante debe contar con más de 18 años y una antigüedad de al menos 6 meses. La elección es por cuatro años.
Además, existen dos tipos de representantes: los delegados de personal y los comités de empresa.
Los delegados o delegadas son personas que, participando de un sindicato, ejercen una labor de representación de los trabajadores o trabajadoras en las empresas de menos de 50 trabajadores o trabajadoras. Y representan a todas las empleadas y empleados en el centro de trabajo. En aquellos centros de más de 50 personas contratadas, se forman los comités de empresa.
Derechos y obligaciones de los sindicatos
Toda organización sindical debe conocer los derechos y obligaciones a las que hacer frente:
Derechos fundamentales de los sindicatos
La Constitución Española establece que “la libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas”. Por otra parte, nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.
Se reconoce, además, el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses.
Por otra parte, los y las representantes de trabajadores y trabajadores disfrutan de una serie de garantías en virtud de la legislación vigente. Por ejemplo, prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo en suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas, expresar con libertad sus opiniones en la esfera de su representación, pudiendo publicar y distribuir publicaciones en horas de trabajo o disponer de un crédito de horas mensuales retribuidas.
Obligaciones legales y éticas
En cuanto a las obligaciones, más allá del código ético que elabore cada organización sindical, destacan las de:
- Información y asesoramiento a los trabajadores y trabajadoras sobre normativa y derechos laborales.
- Supervisión del cumplimiento de la legislación laboral y del convenio colectivo en vigor (las condiciones de trabajo) por parte de la empresa.
- La mediación en conflictos laborales, tanto individuales como colectivos, y participación en despidos o sanciones disciplinarias.
- Participación en reuniones de dirección y negociación de convenios colectivos.
Según datos publicados por la Agencia EFE, la afiliación sindical es muy desigual entre los países europeos, siendo mayor en los países nórdicos y en Bélgica. En nuestro país, CCOO y UGT sumarían más de dos millones de afiliados y el 70 % de los representantes sindicales.
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