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¿Cuándo se considera enfermedad profesional?

Cobee Team |

Saber lo  que es una enfermedad profesional resulta fundamental. Desafortunadamente, existen en nuestro mercado laboral; más aún en ciertos sectores económicos o actividades. Así que, igual que resulta importante saber qué se considera accidente laboral, lo es saber cuáles son las enfermedades profesionales.

Tabla de contenidos

¿Qué es Enfermedad Profesional?

Nos referimos a enfermedad profesional cuando hablamos de aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia. Es decir, tal y como señala la legislación: que esté provocada por la acción de los elementos y sustancias y en las actividades que se especifican. ¿Dónde? En la lista de enfermedades profesionales relacionadas con las principales actividades capaces de producirlas. 

Esta lista aparece anexa al Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre. En virtud del mismo se aprobó el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social. Y se establecieron criterios para su notificación y registro.

Así pues, solo se considera enfermedad profesional aquella contemplada por la legislación vigente para actividades concretas. De ahí la importancia de que la Administración reconozca ciertas dolencias como enfermedades profesionales de forma oficial, tal y como ocurrió en 2015 con el reconocimiento del cáncer de laringe por amianto.

Cuadro Actualizado de Enfermedades Profesionales por sectores

El actual cuadro de enfermedades profesionales se organiza en torno a seis grupos de enfermedades. Estos responden al agente que los causa:

  • Grupo 1: Enfermedades profesionales causadas por agentes químicos.
  • Grupo 2: Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos.
  • Grupo 3: Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos.
  • Grupo 4: Enfermedades profesionales causadas por inhalación de sustancias y
  • agentes no comprendidos en otros apartados.
  • Grupo 5: Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes
  • no comprendidos en alguno de los otros apartados.
  • Grupo 6: Enfermedades profesionales causadas por agentes carcinogénicos.

Estos grandes grupos se dividen, a su vez, en subgrupos de familias de agentes más concretos. Y estos últimos, en otros de subagentes aún más precisos.

¿Cuáles son los Factores Determinantes de las Enfermedades Profesionales?

Dicho esto, la enfermedad profesional se articula en base a tres factores determinantes: que esté ocasionada o agravada por el trabajo, que sea fruto de la acción de ciertos agentes o sustancias y se suceda dentro de las actividades económicas o sectores contemplados en la legislación.

Diferenciación entre Enfermedad Profesional y Accidente Laboral

Se define como accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador o trabajadora sufra por motivo o por consecuencia del trabajo que ejecuta. 

También se considera accidente de trabajo otro tipo de casuísticas. Por ejemplo,  los accidentes in itinere, aquellos que son fruto de tareas de carácter sindical o los acaecidos en actos de salvamento cuando tengan conexión con el trabajo, además de otras.

Pero ¿cuál es la gran diferencia de la enfermedad profesional respecto al accidente laboral? Por ejemplo, que este último se produce un momento puntual y de forma violenta, no se va gestando en el tiempo como en el caso de la enfermedad profesional.

Además, en el caso del accidente laboral es preciso demostrar la relación causal lesión-trabajo. Mientras que si la enfermedad profesional está recogida de manera oficial, no necesita de tal ejercicio de vinculación siempre que esté recogida en el listado o cuadro del INSS.

Esta es una de las razones por las que es necesario aflorar enfermedades profesionales ocultas. De hecho, desde la UE se llevan a cabo investigaciones periódicas con tal fin. Se trata así de evitar la infradeclaración de enfermedades cada vez más habituales.

Gestión de Enfermedades Profesionales por Parte de las Mutuas y Entidades Gestoras

Las entidades gestoras o mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social deben elaborar y tramitar el modelo de parte de enfermedad profesional que corresponda. Y han de hacerlo de acuerdo a los términos dispuestos por la normativa. El objetivo es facilitar el seguimiento de la salud y la seguridad en el trabajo y contribuir, de esta manera, a la prevención eficaz de los riesgos laborales.

Procedimientos, competencias, tramitación electrónica y período de observación

1. Las enfermedades profesionales deben comunicarse y tramitarse a través del parte electrónico de enfermedad profesional. Se emplea la aplicación CEPROS para la comunicación de enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

2. Para ello, los servicios médicos han de enviar a la entidad gestora o a la mutua que corresponda el diagnóstico de la enfermedad profesional del trabajador o trabajadora. Este último puede también acudir a la mutua y aportar el informe médico de sospecha de enfermedad profesional. Normalmente, la Administración cita al empleado o empleada para recabar más información.

3. La comunicación inicial del parte debe llevarse a cabo dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se haya producido el diagnóstico de la enfermedad profesional. 

4. Si la persona enferma estaba de baja, debe pedir un cambio en el tipo de contingencia, para que varíe de enfermedad común a enfermedad profesional.

5. En el caso de que la enfermedad resulte invalidante, deberá solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente por enfermedad profesional. O una indemnización si la enfermedad ha producido lesiones permanentes pero no  incapacitantes.

Que la enfermedad sea reconocida como enfermedad profesional conlleva grandes ventajas. Por ejemplo, el alta en la Seguridad Social, el derecho a una prestación económica o la asistencia sanitaria.

Cobertura para Trabajadores Autónomos frente a Enfermedades Profesionales

El Real Decreto 1273/2003, de 10 de octubre, regula las excepcionalidades de la enfermedad profesional para trabajadores y trabajadoras autónomas. Estos últimos tienen derecho, tras su adhesión a una mutua, a la prestación económica y asistencia sanitaria por enfermedad profesional. También por accidente de trabajo.

Para ello, eso sí, dichos profesionales deben cotizar por contingencias profesionales: accidente de trabajo y enfermedad profesional, a través de la cuota mensual a la Seguridad Social.

Este tipo de cotización no era obligatoria hasta 2019, a excepción de ciertos colectivos. Pero desde entonces, la cotización por contingencias profesionales o el cese de actividad (derecho a paro de los autónomos) es obligatoria para toda persona autónoma.

Cotizar por contingencias profesionales significa ser beneficiario de prestaciones médicas, farmacéuticas, económicas por incapacidad por enfermedad profesional temporal, permanente parcial, total, total absoluta y gran Invalidez. También de una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes, entre otras. 

Por ejemplo, el  trabajador o trabajadora autónoma que padezca una enfermedad profesional podrá cobrar el 75 % de su base de cotización en caso de incapacidad temporal.

Diferencias con trabajadores por cuenta ajena respecto a coberturas y ejemplo de prestación económica en caso de enfermedad profesional

La gran diferencia respecto a los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena es que es la empresa la encargada de hacer frente al gasto de esas contingencias profesionales. Gracias a ellas, los y las profesionales tienen derecho a:

  • Asistencia sanitaria y  farmacéutica.
  • Prestaciones económicas como las señaladas en el caso anterior. Y que incluyen el 75 % de la base reguladora por incapacidad por enfermedad profesional temporal o las prestaciones a favor de familiares.
  • Derecho a indemnización si la enfermedad le ocasiona lesiones irreversibles limitantes pero no incapacitantes, en caso de muerte por enfermedad profesional, etc.

¿Cómo prevenir las Enfermedades Profesionales?

Según información de 2023 obtenida de las aplicaciones CEPROSS (Comunicación de Enfermedades Profesionales en la Seguridad Social) y PANOTRATSS (Comunicación de patologías no traumáticas causadas por el trabajo), el pasado año se contabilizaron un total de 29.405 enfermedades causadas por el trabajo: 25.625 expedientes de enfermedades profesionales y 3.780 expedientes de patologías no traumáticas causadas o agravadas por el trabajo, tal y como recoge el infrome anual del observatorio.

Entendiendo a las enfermedades profesionales por sectores o actividades económicas, las industria extractivas aglutinaron el mayor número de enfermedades profesionales, con un índice de 416,23 casos por cada 100.000 trabajadores y trabajadoras, seguidas de las industrias manufactureras, los servicios, la construcción y  el suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación.

Por otra parte, ¿cuáles son las enfermedades profesionales más comunes? Según el citado informe, las enfermedades profesionales causadas por agentes físicos, que representan el 81,7 % del total. Y muy por debajo de éstas, las enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos.

Según la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el trabajo, enfermedades como el cáncer, las enfermedades cardiovasculares, las de la piel, los trastornos musculoesqueléticos, respiratorios o mentales, pueden tener su origen en el trabajo o verse agravados por él. Las causas responden a la exposición a sustancias peligrosas, a factores físicos, incluido el trabajo sedentario; y a factores de riesgo psicológicos y sobre la organización del trabajo, como el trabajo por turnos o el estrés.

Resulta por ello fundamental vigilar de cerca los riesgos asociados a todas estas causas, evitando así ejemplo de enfermedad profesional cada vez más comunes. Para ello es vital, por parte de las empresas, poner en marcha una estrategia de actuación que incluya desde la evaluación de los riesgos en el lugar de trabajo a la adopción de medidas para minimizarlos y controlarlos. Entre ellas, la capacitación de la plantilla y sensibilización al respecto.

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