Todo sobre el RETA: qué es y cómo funciona el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

RETA, ¿qué es? Por lo pronto, unas siglas que te acompañarán durante todo tu periplo laboral como persona autónoma. Te explicamos qué es el RETA, su funcionamiento, obligaciones y beneficios que aporta.
¿Qué es el RETA?
Denominamos RETA al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Es decir, al sistema de la Seguridad Social en España que regula las cotizaciones y derechos de los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia.
¿Quiénes deben inscribirse en el RETA?
Como hemos señalado más arriba, toda persona que realice una actividad económica en nuestro país por cuenta propia, es decir, sin estar contratado por una empresa.
Requisitos para ser considerado autónomo
Así, se consideran personas autónomas (y por tanto vinculadas o inscritas al RETA) todas las mayores de 18 años que realicen una actividad económica de manera habitual, personal y directa sin estar vinculadas por un contrato laboral y a título lucrativo.
Tipos de trabajadores que deben afiliarse al RETA
- Trabajadoras y trabajadores autónomos individuales.
- Socios de sociedades mercantiles con control efectivo.
- Profesionales independientes colegiados (si su colegio está integrado en el RETA).
- Autónomos colaboradores (familiares de autónomos, hasta tercer grado, que trabajan con ellos sin tener la condición de asalariados).
- Otros profesionales que caben en el RETA son, por ejemplo, los escritores y escritoras de libros o las personas trabajadoras autónomas extranjeras que residan y ejerzan legalmente su actividad en el territorio español.
Funcionamiento del RETA
Las bases y funcionamiento del RETA está recogido en la legislación vigente. Esta marca los requisitos de acceso, los procesos de alta y baja, etc.
Proceso de afiliación y alta en el RETA
Para darse de alta como persona autónoma en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se deben seguir estos pasos:
- Alta en Hacienda (a través del modelo 036 o 037 de forma electrónica o presencialmente en la Agencia Tributaria): Registro en el Censo de Empresarios y Profesionales y de la actividad económica a seguir (según el IAE – Impuesto de Actividades Económicas). Excepcionalmente, para algunos colectivos de autónomos no es obligatorio darse de alta en Hacienda.
- Alta en la Seguridad Social: A través de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en un plazo máximo de 60 días antes del inicio de actividad. Este trámite se puede realizar a través del portal Import@ss. El alta en la Seguridad Social debe coincidir con el alta en Hacienda.
- Elección de la Base de Cotización: Desde 2023, esta se basa en los ingresos netos reales de la persona autónoma. Se puede cambiar hasta seis veces al año para ajustarse a los ingresos estimados.
- Registro en Mutua colaboradora para la cobertura de contingencias profesionales y cese de actividad.
- Alta en el Ayuntamiento y otros registros según el caso, por ejemplo, si se requiere una licencia de apertura o inscripción en organismos específicos.
Señalar que el proceso de alta en el RETA es obligatorio para cualquier persona autónoma. De hecho, debe realizarse antes del inicio de la actividad para evitar sanciones.
Documentación e información necesaria para el proceso de alta
En un principio, es necesario:
- Modelo 036 o 037 para el alta en Hacienda.
- El código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y la Administración tributaria a la que se pertenece.
- El código de actividad CNAE, Clasificación Nacional de Actividades Económicas.
- Documento de Identidad (DNI o NIE para extranjeros residentes).
- Número de Seguridad Social (NUSS) o Número de Afiliación (NAF).
- Fecha de inicio de la actividad.
- Los datos del domicilio de la actividad profesional y los datos de contacto (teléfono móvil y email).
- Número de Cuenta Bancaria (para domiciliar el pago de las cotizaciones).
- Fecha de inicio y domicilio de actividad.
- La estimación de los rendimientos netos anuales para seleccionar la base de cotización y conocer la cuota mensual a pagar.
Obligaciones fiscales y de cotización para los autónomos
El alta en el RETA como persona trabajadora por cuenta propia conlleva ciertas obligaciones fiscales y la cotización por diferentes conceptos.
De hecho, existe la obligatoriedad de cotización desde el inicio de la actividad. La cuantía de esta depende de la denominada base de cotización, elegida dentro de unos límites marcados por la legislación. Dicha base y los ingresos reales determinarán la cuota mensual a la que deben hacer frente todas las personas autónomas.
Los conceptos por los que cotiza una persona autónoma (salvo excepciones) son: contingencias comunes, contingencias profesionales, cese de actividad, para la formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora y por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
Cómo se calculan las cotizaciones en el RETA
Como señalamos más arriba, desde 2023 el sistema de cotización del RETA se basa en los ingresos netos reales. Es decir, el pago de cuotas mensuales ajustadas a sus ganancias y que consta de diversos tramos progresivos.
Beneficios y coberturas del RETA
La obligación de cotizar conlleva importantes beneficios y coberturas para los trabajadores y trabajadoras del RETA.
- Prestaciones sociales disponibles para los afiliados: Por ejemplo, el acceso a prestaciones económicas como las sujetas al cese de actividad (el denominado paro de los autónomos), a una incapacidad permanente o al nacimiento de hijo o hija, entre otras.
- Cobertura sanitaria y pensiones para autónomos: El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ofrece, a través de la Seguridad Social, asistencia sanitaria, médica y hospitalaria, en caso de enfermedad común o accidente, así como cobertura específica para accidentes laborales y enfermedades relacionadas con la actividad profesional. También, derecho a pensión de jubilación.
Existen otros beneficios adicionales: los descuentos en la cotización para ciertos colectivos, como los nuevos autónomos o los autónomos colaboradores, que proporcionan protección social y financiera al trabajador o trabajadora autónoma.
Diferencias entre el RETA y otros regímenes de la Seguridad Social
Realmente existen diferencias entre el RETA y otros regímenes de la Seguridad Social, como el Régimen de los trabajadores y trabajadoras del sector agrícola o el de empleadas y empleados del hogar. Sin embargo, las que a menudo miramos con mayor expectación son aquellas que diferencian el RETA del Régimen General de la Seguridad Social, es decir, el de los empleados y empleadas por cuenta ajena.
Comparativa con el Régimen General de la Seguridad Social
RETA | Régimen General | |
Cotización | Cuota fija mensual según base de cotización elegida, ajustable a los ingresos. | Porcentaje sobre el salario mensual del trabajador o trabajadora. |
Prestación por desempleo | No incluye prestación por desempleo como tal, sino por cese de actividad. | Incluye prestación por desempleo. |
Base de cotización | Elegida por el autónomo dentro de unos límites con alta flexibilidad, pues puede cambiar la base de cotización varias veces al año. | Porcentaje sobre el salario mensual del trabajador. Menos flexible al venir determinada por el salario. |
Cambios recientes y novedades en el RETA
Estas son algunas de las reformas recientes más decisivas para las personas autónomas.
Reformas recientes que afectan a los autónomos
Desde 2023, el sistema de cotización en el RETA se basa en los ingresos netos reales del autónomo o autónoma, en lugar de una base de cotización fija. Esto significa que dichas personas deben pagar según sus ganancias reales, con tramos progresivos de cotización. Esta medida ha supuesto un gran cambio en las cotizaciones y en el pago de las cuotas, además de introducir la necesidad de prever constantemente los ingresos. Las bases de cotización se actualizan anualmente.
Además, en los últimos años se han introducido bonificaciones, por ejemplo, para nuevas altas en el RETA, como la tarifa plana durante los primeros 12 meses de actividad, y las destinadas a jóvenes o personas con discapacidad.
Todos estos cambios en el RETA buscan hacer más equitativo y accesible el sistema de cotización.
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