Cotización de autónomos: cálculo y obligaciones

Cobee Team · 

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¿Cómo cotiza un autónomo? Es la pregunta que se hacen quienes emprenden por vez primera un proyecto empresarial personal. El asunto tiene miga, pues depende de varios factores. Uno de ellos es la base de cotización escogida que, por cierto, ha sufrido importantes variaciones en el último año.

Obligaciones de cotización de un autónomo

Todo trabajador y trabajadora ha de cotizar a la Seguridad Social. También las personas autónomas. Y como las empleadas por cuenta ajena, deben hacerlo en función de sus ingresos. O mejor dicho, de sus rendimiento netos mensuales. Esta última es la cantidad dineraria que se tiene en cuenta para el cálculo de las cuotas a pagar en la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social) y de la base de cotización correspondiente.

  • Proceso y Responsabilidad del Pago de Cuotas​​

La persona responsable del pago de las cuotas a la Seguridad Social es el propio trabajador autónomo o trabajadora. Debe ingresarlas de forma mensual, antes de que acabe el mes. Y, para mayor comodidad, puede domiciliarlas y evitar así recargos o intereses de demora inesperados. 

Cálculo de la base de cotización para autónomos

Desde el pasado año, el cálculo de la base de cotización ha variado. También los valores que se tienen en cuenta. Ahora depende de los ingresos reales y puede modificarse para acomodar dicha base a esos ingresos, ya que estos pueden fluctuar mes a mes.

  • Determinación de la Base de Cotización a partir de Rendimientos Netos​​

Entonces, ¿cómo calcular la base de cotización de un autónomo en estos momentos?

La base de cotización es elegida por el trabajador o trabajadora entre una cifra mínima y otra máxima correspondiente a su tramo de rendimientos reales. 

Para saber dichas cantidades, la Administración ha publicado una tabla que estará vigente durante este año 2024. De cara a 2025, cambiará levemente. También existen ciertas peculiaridades de las que se hace eco la Seguridad Social a través de su página web.

Tramos de rendimientos netos 2024. Euros/mesBase mínima. Euros/mesBase máxima. Euros/mes
Tramos 1<= 670735,29816,98
Tramo 2 >670 y <=900816,99900
Tramo 3>900 y <1.166,70872,551.166,70
Tramos de rendimientos netos 2024.Euros/mes.Base mínima. Euros/mesBase máxima. Euros/mes
Tramo 1>=1.166,70 y <=1.300950,981.300
Tramo 2>1.300 u <=1.500960,781.500
Tramo 3>1.500 y <=1.700960,781.700
Tramo 4>1.700 y <=1.8501.045,751.850
Tramo 5>1.850 y ><=2.0301.062,092.030
Tramo 6>2.030 y <=2.3301.078, 432.330
Tramo 7>2.330 y <= 2.7601.111,112.760
Tramo 8>2.760 y <= 3.1901.176,473.190
Tramo 9>3.190 y <=3.620 1.241,833.620
Tramo 10>3.620 y <=4.0501.307, 194.050
Tramo 11>4.050 y <=6.0001454,254.720, 50
Tramo 12>6.0001.732, 034.720,50
  • Posibilidad de Cambiar la Base de Cotización y Fechas Relevantes​​

El nuevo sistema de cotización permite la solicitud del cambio de base de cotización hasta seis veces al año. De esta forma, podrá amoldar esta a sus ingresos reales cuando estos fluctúen mes a mes. Los plazos para hacerlos son los siguientes:

  • PRIMER PLAZO: entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero. El cambio entrará en vigor el 1 de marzo.
  • SEGUNDO PLAZO: entre el 1 de marzo y el 30 de abril. El cambio será efectivo el 1 de mayo.
  • TERCER PLAZO: entre el 1 de mayo y el 30 de junio. El cambio se constatará el 1 de julio.
  • CUARTO PLAZO: entre el 1 de julio y el 31 de agosto para que el cambio entre en vigor el 1 de septiembre.
  • QUINTO PLAZO: entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, para el 1 de noviembre.
  • SEXTO PLAZO: entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, para que el cambio entre en vigor el 1 de enero del año siguiente.

La solicitud de cambio debe realizarse en el Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o en el Sistema RED, y declarar los rendimientos netos mensuales esperados.

Tipos de Cotización para Autónomos en 2024

A la base de cotización elegida le corresponde una cuota determinada de pago a la Seguridad Social. Esta representa un porcentaje de dicha cuota y aglutina una serie de tipos de cotización para autónomos. 

  • Desglose de Porcentajes y Conceptos de Cotización​​: Cuotas por Contingencias Comunes, Profesionales y Otros Conceptos

Los tipos de cotización para autónomos este 2024 corresponderían a los capítulos de:

  • Contingencias comunes: 28,30 %.
  • Contingencias profesionales: 1,30 % (el 0,66 % por incapacidad temporal y el 0,64 % por incapacidad permanente y muerte y supervivencia).
  • Cese de actividad: 0,90 %.
  • Formación profesional: 0,10 %.

De hecho, si te preguntas cómo calcular la jubilación de un autónomo, deberías saber que la base de cotización tiene la clave, además de la edad y los años cotizados. De hecho, estos últimos cambian año tras año en virtud de la última normativa aplicable en materia de pensiones. 

En cuanto a la base de cotización en relación a la jubilación, es necesario calcular la base media por la que se ha cotizado a lo largo de los últimos 25 años.

Recordar que los planes de pensiones pueden resultar una vía para incrementar ese colchón que te espera a tu jubilación. Son muchas las empresas que los ofertan ya entre sus empleados y empleadas. Lo hacen a través de planes colectivos que permiten realizar aportaciones periódicas a cambio de garantizar cierta tranquilidad financiera en el futuro.

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