Firma electrónica

Leyes laborales

La firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos que acompañan o que están asociados a un documento digital, tal y como informa el portal dedicado a la Administración electrónica en España. Constituye, por tanto, la huella on line de un documento que, además, está cifrado con una clave.

La firma electrónica presenta funciones básicas como:

Identificar a la persona firmante de manera inequívoca, pues esa huella digital se cifra con la clave privada de la persona que firma. De hecho, esta permite que la receptora reconozca a quién firmó el documento, confirmando su autoría.

Asegurar la integridad del documento firmado. Es decir, que sea exactamente el mismo que el original o, en otras palabras, que no haya sufrido alteración o manipulación alguna, pues si se intenta cambiar el mensaje, la huella digital que se obtendrá será distinta. Se trata así de garantizar la integridad del mensaje.

Firma electrónica: usos

La firma electrónica o firma digital es un sistema utilizado ampliamente hoy en día. Puesto que sirve para autenticar la identidad de una persona en documentos electrónicos o transacciones en línea, es de uso común en trámites con la Administración online y entre empresas que cuentan con un grado básico (o mayor) de digitalización.

De hecho, para los departamentos de RRHH, la firma electrónica es hoy en día una herramienta imprescindible, que posibilita rapidez, eficacia y seguridad en prácticamente todas sus operaciones de gestión. Se trata así de un recurso tecnológico habitual.

Hoy en día, cualquier ciudadano o ciudadana particular puede utilizar la firma electrónica, por ejemplo, para realizar trámites o gestiones con la Administración pública, como presentar declaraciones tributarias de manera telemática.

Claves de la firma electrónica

En España, la firma electrónica tiene validez legal. Y si bien no es obligatoria, la firma electrónica sí se ha generalizado. De hecho, es necesaria e imprescindible para muchas de las habituales tramitaciones con los entes públicos o las entidades financieras, siempre que se lleven a cabo de manera digital. En la mayoría de los casos ayuda a simplificar y agilizar el trabajo de gestión, así como a ofrecer mayor seguridad.

La firma electrónica está regulada por la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, donde se recoge cuándo la firma electrónica es equiparable a la firma manuscrita. También queda recogida en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y por el Reglamento (UE) Nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior.

Dichas regulaciones establecen el uso de distintos tipos de firma electrónica o digital en virtud del nivel de seguridad exigido. Tres de las más comunes son:
La firma electrónica simple para la identificación digital de la persona firmante con sus datos.
La firma electrónica avanzada, que permite identificar a la persona firmante con el documento electrónico y el posterior registro de firma y aceptación por parte del mismo, con el fin de evitar cualquier modificación posterior sobre el documento.
La firma electrónica cualificada, vinculada a un certificado electrónico que valida la identificación del firmante de forma inequívoca y que debe ser expedido por una autoridad de certificación.

Lo importante de la firma electrónica es que los documentos que se generan llevan asociados tres conceptos que salvaguardan íntegramente la información: su confidencialidad, su integridad y su autenticidad, tal y como se explica desde la Administración central.

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