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Cómo afecta la herencia a la Declaración de la Renta

Cobee Team · 

declaración renta herencia

Comienza la campaña de renta 2024 en cuestión de días y ya conocemos algunas de las principales novedades para la declaración del IRPF. Sin embargo, las dudas son frecuentes y comunes, incluso en aquellas situaciones que no varían respecto a ejercicios anteriores, como la declaración en la renta de una herencia. Veamos algunas cuestiones clave a tener en cuenta.

Impacto de una herencia en la Declaración de la Renta

Si eres sucesor o sucesora de una persona fallecida a lo largo del pasado año, deberás tener en cuenta los aspectos clave relacionados con la declaración de la renta y la herencia que has recibido, pues tendrás que hacer frente a la tributación del IRPF que corresponda.

Definición de herencia y su relevancia fiscal

Por lo general, no hace falta incluir una herencia en la declaración de la renta anual. A no ser que se obtenga una ganancia económica de los mismos. En ese caso, sí es necesario declarar dicha ganancia. Un buen ejemplo es el de esa vivienda que se hereda y se vende posteriormente o se comienza a alquilar.

Por otra parte, la Agencia Tributaria establece que los herederos y herederas de la persona fallecida deben presentar la declaración de la misma cuando esta tuviese la obligación de declarar por haber obtenido rentas y alcanzar los requisitos fiscales para ello. Además, esta declaración debe hacerse en los plazos ordinarios estipulados por la campaña de la renta en cuestión. Es decir, de manera independiente a la fecha de defunción.

Diferencias entre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y la declaración de la renta

En primer lugar, debemos aclarar que “las donaciones son transferencias de bienes, derechos o dinero realizadas de forma gratuita e irrevocable por una persona (donante) a otra (donatario), sin recibir ninguna contraprestación a cambio”. Y estas operaciones están reguladas por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), gestionado por las comunidades autónomas. 

De hecho, solo están sujetas a tributación en el IRPF si el bien donado genera una ganancia patrimonial para el donante (una vivienda cuyo valor ha aumentado desde su adquisición). 

Así, la donación no tiene nada que ver, a efectos fiscales, con la herencia. En el IRPF, dichas donaciones presentan diferencias clave en su tratamiento fiscal con las herencias.

En una herencia la persona fallecida, obviamente, no tributa por esa plusvalía del bien transmitido, pues no se genera ganancia patrimonial en el IRPF, así pues, se tributa exclusivamente en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). A no ser, como hemos indicado, que el bien sea vendido o alquilado y se deba tributar por esa ganancia.

Obligación de declarar una herencia en la renta

Así pues, podríamos señalar, a modo de resumen, que sí existen ciertas situaciones en las que tenemos la obligación de declarar una herencia en la renta para tributar por ella:

Situaciones en las que es obligatorio declarar una herencia

Cuando existe una ganancia, ya sea por la venta o el alquiler de la vivienda heredada, pues dichos beneficios económicos están sujetos a gravamen.

Lo mismo ocurre respecto a locales o terrenos. Si se venden o se arrendan, los ingresos generados por dicha actividad deben ser incluidos en la declaración de la renta anual. También los planes de pensiones, si se decide rescatarlos, o las acciones u otros depósitos siempre que generen ganancias. 

Además, hay que sumar a estas obligaciones la que tiene que ver con la denominada renta inmobiliaria imputada: aquellas que no son vivienda habitual y podrían generar una renta o ingreso económico. El porcentaje a pagar depende del valor catastral de la vivienda que figura en el recibo del IBI (2 %, excepto ciertos supuestos, en los que esta cifra se reduce hasta el 1,1 %).

Excepciones a la obligación de declarar

¿Cuándo existen excepciones en la declaración renta herencia? La Agencia Tributaria marca delimitaciones en la obligación a declarar el IRPF, estas pueden variar de una campaña de la renta a otra. En este caso, la excepción es, como hemos señalado, no obtener una ganancia ligada al bien heredado. Bastaría con hacer frente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, de carácter regional.

Si hablamos de la renta inmobiliaria imputada también existen excepciones. Como hemos señalado, que sea una vivienda habitual, que sea un bien urbano ligado a una actividad económica o que sea rústico e indispensable para el desarrollo de actividades agrícolas, ganaderas o forestales, entre otros supuestos.

Elementos de la herencia que afectan la declaración de la renta

Los conceptos que son así susceptibles de herencia y declaración en la renta pueden ser, por tanto:

Bienes inmuebles: valoración y tratamiento fiscal

Siempre que su venta o alquiler suponga una ganancia, como hemos señalado anteriormente.

Activos financieros: acciones, cuentas bancarias y otros valores

En el caso del dinero, no es necesario declararlo, pero sí acciones, depósitos…, que generan ganancias o planes de pensiones que se rescatan.

Otros bienes: joyas, vehículos y objetos personales

Los bienes materiales tienen un tratamiento similar. Solo se declarará la ganancia patrimonial en caso de venta, estando esta sujeta la misma a la diferencia entre el precio de adquisición y de venta en el mercado, pues se considera un incremento patrimonial.

Cómo declarar una herencia en la declaración de la renta

Para declarar una herencia que supone una ganancia y, por tanto, debe incluirse en la declaración de la renta, deben consignarse las casillas señaladas con los importes precisos:

Procedimiento para incluir una herencia en el IRPF

En el caso de una vivienda heredada cuyo resultado de la venta otorgue una ganancia patrimonial positiva, es decir, es necesario declararla, se deben consignar las casillas correspondientes.

Estas son,  en la declaración de la renta, las que corresponden al precio del inmueble (1633) y al valor de transmisión (1637). 

Como decimos, si este último es mayor que el primero, existe ganancia patrimonial y tributará en función de los tipo impositivos vigentes, que van del 19 % al 26% en función de la cantidad.

Documentación necesaria para justificar los bienes heredados

En el caso de una vivienda, para determinar la ganancia patrimonial sobre la que debemos tributar, tendremos que disponer de los datos precisos sobre: la fecha y el valor de adquisición de la misma y el valor de transmisión o precio de venta de la vivienda. 

Además, hay que restar los gastos asociados a la venta y aquellas posibles deducciones que puedan aplicarse (por ejemplo, por mejora de la vivienda). También a las exenciones fiscales o ventajas asociadas a ciertos supuestos, por ejemplo, en el caso de personas dependientes. 

Además, debemos disponer de documentación que acredite la defunción de la persona titular de la vivienda, el testamento o documento que verifique quiénes son las personas herederas, el justificante del pago del IDS y/o el contrato de venta del inmueble.

Cómo hacer la declaración del contribuyente fallecido

Por otra parte, hay que recordar que debemos presentar la declaración de la persona contribuyente fallecida.

Si el fallecido era integrante de una unidad familiar, el resto de los miembros de la misma podrán tributar de forma individual o conjunta. Sin incluir las rentas del fallecido, que deben presentarse en modalidad individual. A no ser que el fallecimiento se produjese a fecha 31 de diciembre. En ese caso, la unidad familiar, incluida la persona fallecida, podrá presentar declaración conjunta.

Las personas herederas no pueden acceder al servicio de tramitación con el certificado electrónico ni la Cl@ve PIN de la persona fallecida. Ambos se inhabilitan con el fallecimiento, pero sí pueden hacerlo mediante el número de referencia

Si la persona fallecida había presentado la declaración de la renta en el ejercicio anterior, dicho número puede obtenerse mediante cita y acreditando la condición de persona heredera. Bien mediante testamento, escritura de adjudicación de herencia…, y fotocopia del NIF / NIE del heredero. Si la persona fallecida no presentó declaración de IRPF en el ejercicio anterior al fallecimiento, se necesita el IBAN de una cuenta bancaria. Bien a su nombre o bien un documento de apoderamiento de sucesores.

Una vez presentada la declaración de la persona fallecida, si el resultado es a devolver, tendrás que:

  • Rellenar y presentar una solicitud de pago de devolución a herederos por internet o de manera presencial mediante el modelo H-100.
  • Aportar la siguiente documentación:
    • En importes inferiores o iguales a 2.000 euros, el certificado de defunción, el libro de familia o registro acreditativo de la situación familiar, certificado del registro de últimas voluntades y testamento o acta notarial de declaración de herederos.
    • Además, si existen varios herederos y estos determinan que la cantidad se abone a uno de ellos, autorización escrita y firmada por todos y fotocopia del DNI de cada uno de ellos, así como certificado bancario a nombre de quien recibirá el cobro de la devolución.
    • En importes superiores a 2.000 euros: además de todo lo anterior, el justificante de haber declarado en el impuesto de Sucesiones y Donaciones el importe de la devolución y en el caso de que haya varios herederos, poder notarial autorizando a uno de ellos (si así se desea) a cobrar la devolución.

Consecuencias fiscales de no declarar una herencia

Puesto que son las personas sucesoras las que tienen la obligación de cumplir con la tributación pendiente del IRPF del fallecido o fallecida, no solo pueden beneficiarse de una posible devolución, sino que deben hacer frente al pago de la deuda resultante, no así de las posibles sanciones contraídas.

Por otra parte, en el caso de no tributar una herencia que sí deba ser declarada, als sanciones y multas podrían ser elevadas:

Sanciones y multas por omisión o incorrecta declaración

La Agencia Tributaria contempla sanciones y multas tanto por omitir o falsear información como por presentar la declaración fuera de plazo. El impacto de las mismas dependerá de la gravedad de la situación, las cantidades no declaradas y/o los retrasos acumulados. La buena noticia es que Hacienda ofrece herramientas para intentar subsanar errores, como las declaraciones complementarias.

Posibles beneficios fiscales al declarar correctamente

Los beneficios fiscales dependerán de haber entendido las deducciones, exenciones y beneficios a los que pueden acogerse ciertas herencias y aplicarlos adecuadamente en la declaración de la renta. 

Para conocer todos los detalles al respecto, es importante asesorarse o bien leer los capítulos correspondientes del manual de renta publicado por la Agencia Tributaria.

Asesoramiento profesional para gestionar herencias en la renta

Para quienes han recibido una herencia y no saben cómo abordar su tributación deben consultar a la Agencia Tributaria o a profesionales expertos.

Importancia de contar con un asesor fiscal o abogado especializado

Recurrir a los perfiles adecuados puede salvarnos de pagar sanciones en el futuro, por no haber declarado supuestos que hemos pasado por alto, o todo lo contrario, minimizar el impacto fiscal de la herencia recibida gracias a un buen asesoramiento al respecto.

Servicios ofrecidos por profesionales para facilitar el proceso

Las personas herederas pueden solicitar cita previa, telefónica o presencial, para recibir asesoramiento al respecto. En el caso de las declaraciones de la renta con resultado a devolver, esta debe efectuarse a nombre de la persona fallecida.

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