Bases de cotización
Las bases de cotización se refieren a la remuneración mensual bruta de un trabajador o trabajadora.
En base a ellas se calculan las prestaciones a la Seguridad Social a las que una persona puede tener acceso, como la de desempleo o la pensión contributiva por jubilación, pues el cobro de las mismas está ligado a la obligación de cotizar en el Régimen de la Seguridad Social.
De hecho, las aportaciones al Régimen de la Seguridad Social se calculan en función de la citada base de cotización. Un porcentaje de esta última lo destinarán empresas y trabajadores y trabajadoras al pago de la Seguridad Social.
Claves de las bases de cotización
Toda persona trabajadora está sujeta a una base de cotización mientras permanezca de alta en la Seguridad Social.
Las empresas están obligadas, por ley, a reflejar la base de cotización de sus empleados y empleadas en las nóminas.
Las bases de cotización incluyen: el salario base más complementos sujetos a cotización, las pagas extras prorrateadas y las vacaciones no disfrutadas pero sí retribuidas.
Existen unas bases de cotización máximas y mínimas que son fijadas por normas legales de cotización a la Seguridad Social y varían con el paso de los años. Estas dependen del grupo de cotización al que cada persona pertenece en función de su categoría profesional (existen once). A mayor grupo de cotización, mayor es el importe mínimo. En 2024, la base mínima de cotización para el Régimen General fue fijada en 1.323 euros y la base máxima, en 4.720,50 euros.
La base mínima de cotización está directamente ligada al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Se determina calculando un porcentaje que resulta de sumar un sexto del incremento del SMI al aumento inicial. Las bases máximas de cotización para cada categoría profesional y el límite superior de las bases de cotización se establecen aplicando el porcentaje de revalorización de las pensiones.
Por otra parte, cada mes, el trabajador o trabajadora debe aportar a la Seguridad Social un porcentaje de su sueldo, como hemos señalado. Este varía en función de distintas contingencias cuyo porcentaje puede cambiar con el paso de los años. Los tipos de cotización responden a las contingencias comunes, a las horas extraordinarias de fuerza mayor o no fuerza mayor, a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, al desempleo, a la formación profesional, al Fogasa (Fondo de Garantía Salarial), así como otras cotizaciones.
Los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia o personas autónomas no cotizan en este Régimen General de la Seguridad Social, sino en el RETA. Así, deben pagar lo que se conoce como cuota de autónomos, que dependerá de la base de cotización elegida en función de los ingresos reales que se espera obtener a lo largo de un año y que, a su vez, cuenta también con un máximo y un mínimo en la cantidad a pagar.
Las bases de cotización de la Seguridad Social son un instrumento hoy en día indispensable para preservar, por ejemplo, el derecho a la asistencia sanitaria, así como otras protecciones que ofrece el sistema público, como la prestación económica en caso de desempleo, incapacidad temporal o baja por maternidad.